La ultima Instrucción de 8 de marzo (RD-L 8/2019. Apartados 7 y 9 del Articulo 34 del Estatuto de los Trabajadores) se impone sin margen de maniobra para las empresas, y con la obligación por sentencia de hacerse efectiva, desde que se anunció, con solo dos meses de preparación.
¿De verdad tengo que poner un sistema de registro horario? ¿Si lo pongo, lo van usar? ¿Los trabajadores se enfadarán? ¿Qué pasa con lo de que somos flexibles?
Puede parecer un hito complejo y complicado de hacer pero lo cierto es que esta medida nos viene impuesta a todos y por ahora sin distinción. Todos tenemos que empezar a cumplir con la norma a partir del 12 de mayo. Obviamente cada empresa es un mundo, y habrá que reflexionar cuál es el sistema que podemos implementar que permita adaptar mejor los registros horarios en base a la actividad que cada trabajador desempeña.
34.9 …sin perjuicio de la flexibilidad horaria que establece este articulo… se deberá de garantizar el registro de Entradas y Salidas de la jornada… y realizar mediante un pacto de negociación colectiva la regulación, organización y documentación de los registros de la jornada de trabajo durante los siguientes cuatro años…
De lo que no nos habla aún es de los requerimientos tecnológicos mínimos para poder dar cumplimiento de la ley.
¿Cómo se tiene que justificar delante de la inspección de trabajo? ¿Qué medidas he de adoptar para regular las horas extraordinarias? ¿Cómo tengo que registrar estos registros?
La última instrucciión sólo habla de garantizar el registro de Entradas y Salidas de la jornada, nos lleva también a cierta confusión al no especificar exactamente si se trata del tiempo efectivo o solo de las entradas y salidas del lugar de trabajo. Lo que podría ocasionar incurrir a excesos de horas sin justificar.
Lo que sí nos dice claramente, es que este sistema debe de poder recopilar los registros de manera fiable. Y deberá de acreditar que los datos no han sido modificados, ni alterados certificando que son datos totalmente fidedignos, correspondientes a la hora de entrada y de salida de cada trabajador.
La cuestión más importante ahora será conocer ¿Cómo podemos gestionar los excesos de horas extraordinarias que pueden ocurrir en nuestra empresa?
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