Actualmente, el Estatuto de los Trabajadores, impone el registro de la jornada laboral en su articulo 35 sobre las horas extraordinarias. Indicando las horas diarias que debe realizar el empleado, y el registro de la hora de entrada y de salida de cada día.
» …la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.»
Estos registros de la jornada laboral deberán conservarse 4 años para poder presentarse si es necesario ante la Inspección de Trabajo. La reforma del Estatuto de los Trabajadores obliga a llevar un registro de la jornada laboral diario, para así intentar frenar el abuso de horas extraordinarias no pagadas. A mediados de 2017, el 45% de las horas extra eran no retribuidas, según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA).
También se pretende modificar la LISOS (regulador de sanciones y multas), para establecer que el incumplimiento de estos registros se considere infracción grave, con una penalización de hasta 6.250€.
Para afrontar esta nueva medida, INWOUT te lo pone fácil. Gestiona la planificación y disponibilidad de tus empleados, entradas y salidas, a través de la última tecnologia del mercado. Los empleados podrán registrar el tiempo trabajado y ser conscientes en todo momento de si han realizado o no horas extraordinarias.
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